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» Categoría: Información Jurídica

costas

26/07/2012 | Noticias

EL CONDENADO EN COSTAS NO DEBE PAGAR LAS DEL PROCURADOR DE LA ADMINISTRACION

El Tribunal Supremo establece que el particular condenado en costas por sentencia contencioso-administrativa no tiene obligación de abonar los gastos de arancel del procurador que designó la Administración demandada para su representación en juicio.


dacion en pago

17/07/2012 | Articulos

ANALISIS LEGISLATIVO DE LA DACION EN PAGO

BREVE ANÁLISIS DEL REAL DECRETO-LEY 6/2012, DE 9 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS.


bankinter

10/07/2012 | Novedades Jurídicas

EL BANCO QUE ACEPTA PAGOS DE VIVIENDAS A PLAZOS ES AVALISTA.

La simple suscripción de cuentas corrientes ordinarias en las que los compradores de viviendas a plazo ingresen pagos a cuenta, coloca a la entidad financiera en situación de avalista, aunque el promotor no haya formulado la oportuna petición individualizada de cada uno de los avales por los importes percibidos de los compradores, según sostiene el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Hellín, en esta sentencia de 8 de junio de 2012.


custodia compartida

23/06/2012 | Articulos

LA CUSTODIA COMPARTIDA DE LOS HIJOS

Desde que el Pleno del Tribunal Constitucional levantara la suspensión que pesaba sobre la Ley 5/11 de 1 de abril, de la Generalitat Valenciana, más conocida como Ley Valenciana de Custodia Compartida, puede aplicarse sin ninguna limitación, incluso para revisar judicialmente las medidas adoptadas conforme a la legislación anterior.


fibromialgia

15/06/2012 | Noticias

EL TSJC RECONOCE A UNA MUJER CON FIBROMIALGIA LA INVALIDEZ ABSOLUTA.

La sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) estima en una sentencia que una mujer con fatiga crónica y fibromialgia, entre otras afecciones, tiene derecho a una invalidez absoluta para todo tipo de trabajo.


abogados

26/05/2012 | Articulos

LAS EMPRESAS MEDIANAS Y GRANDES DEBEN CONTAR OBLIGATORIAMENTE CON UN LETRADO ASESOR.

Resulta inexplicable, que muchas empresas incumplan una de las obligaciones legales más básicas y esenciales que les viene impuesta; (Ley 39 de 1975 y Real Decreto 2288 de 1977); tanto por el inexcusable cumplimiento de la norma, como por la real necesidad de su observancia, habida cuenta la sociedad tan compleja que vivimos.

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