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PROCEDIMIENTO RÁPIDO Y ESPECIAL FAMILIA

PROCEDIMIENTO RÁPIDO Y ESPECIAL FAMILIA

El Real Decreto Ley núm. 16/2020, de 28 de abril, ha creado un procedimiento especial y sumario en materia de familia, a fin de atender:

A) El restablecimiento del equilibrio en el régimen de visitas o custodia compartida de uno de los cónyuges, con custodia compartida vigente, como consecuencia del Estado de Alarma.

B) La revisión de las medidas definitivas sobre cargas del matrimonio, pensiones económicas entre cónyuges y alimentos reconocidos a los hijos, haber variado sustancialmente las circunstancias económicas de los cónyuges y progenitores, como consecuencia de la crisis sanitaria producida por el COVID-19.

C) El establecimiento o la revisión de la obligación de prestar alimentos, cuando dichas pretensiones tengan como fundamento haber variado sustancialmente las circunstancias económicas del pariente obligado a dicha prestación alimenticia como consecuencia de la crisis sanitaria producida por el COVID-19.

Estas demandas, derivadas directamente de la crisis del Covid-19, para beneficiarse de esta tramitación preferente deberán presentarse antes del término de los 3 meses, a computar desde el fin del estado de alarma.

OBLIGACION DE COMUNICAR LA MUERTE DEL ARRENDATARIO PARA QUE TENGA LUGAR LA SUBROGACION. »

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